Guía del comprador en Marruecos:
La moneda de Marruecos:
La moneda de Marruecos es el DIRHAM. Su código ISO es MAD. La equivalencia entre Euros y Dirhams es de aproximadamente:
- 1 €= 11,43 Dírhams
- 1 Dírham= 0,0874 € (valor Enero 2008), sujeta a revisión cotidiana.
La revalorización del precio de la vivienda en Marruecos en los últimos años:
La revalorización durante el año 2006 ha sido del 30%.
La revalorización en 2007 fue del 25%.
Nota: en Marruecos hay un déficit de viviendas de 1.200.000 viviendas.
El tipo de interés hipotecario vigente en Marruecos:
En torno al 5%. La mejor hipoteca está en la actualidad en el 4,75%. En general van del 4,75% al 6%.
PREGUNTAS SOBRE LA COMPRAVENTA:
1. ¿Se compra el producto en Euros o en Dírhams?
La vivienda se compra en Dírhams, siempre que sea del país, si es de fuera de Marruecos se compra en Dirhams pero se paga en Euros o en divisas y así se podrá retirar el dinero luego del país (Marruecos).
2. ¿Se garantiza el cambio si es en moneda extranjera?
No se garantiza el cambio en moneda extranjera. le aconsejamos a contratar un seguro de cambio con su banco. No obstante la situación económica de Marruecos es estable y ofrece garantías.
3. ¿Se avalan las cantidades que entrego?
Las promotoras en Marruecos realizan un seguro de caución para asegurar las cantidades que se entregan hasta la escritura.
4. ¿Dónde escrituro la compra venta de la vivienda? ¿Puede escriturar la promotora o la parte vendedora en nombre del cliente que compre?
Toda compraventa se escritura en Marruecos.
En el caso de que no pueda viajar a Marruecos, hay posibilidad de que la parte vendedora o otra persona de confianza le escriture en su nombre a través de unos poderes que se tramitan en los consulados marroquíes en cualquier país del mundo.
5. Si compro un apartamento y luego lo vendo, ¿puedo sacar el dinero del país?
Efectivamente se puede sacar el dinero del país pagando los correspondientes impuestos, siempre que se haya pagado con dinero extranjero (Euros, Dólares,...)
6. ¿Qué ocurre si vendo la vivienda después de la compra? ¿Qué deberé pagar a Hacienda? ¿Deberé especificar que la cantidad ingresada en la cuenta de la promotora en Marruecos, España, Francia, Irlanda, Reino Unido o cualquier otro país de la UE es entrada de divisas por compra de bien inmueble para poder realizar la repatriación de la inversión?
Si vende a los 3 años de la compraventa deberá pagar a Hacienda el 20% de la plusvalía (precio de venta menos precio de compra actualizado por un baremo oficial). Hay que tener en cuenta que el impuesto mínimo a pagar nunca será inferior al 3%.
Se debe especificar siempre el nombre del comprador, el edificio y el número de apartamento.
7. ¿Qué condiciones tienen las hipotecas en Marruecos?
Las hipotecas en Marruecos son muy parecidas a las que hay en España. Los tipos de interés habituales giran entorno al 4,75%-6%. No obstante, se trata de un interés variable que marca el Banco Central de Marruecos.
8. ¿Puedo contratar la hipoteca en mi país aunque escriture en Marruecos?
Sí, en principio, aunque dependerá del banco con el que se negocie la hipoteca.
9. ¿Puedo subrogarme en la hipoteca hecha en el País?
Si.
10. Si hay cualquier discrepancia legal, ¿los tribunales serán los españoles o los marroquíes?
Si la venta es en Marruecos, serán los Tribunales Marroquíes.
Si la venta es en España, u otro país, los Tribunales de cada país, salvo interpretación en contrario por parte del propio juez, salvo:
- En el caso de Ley Marroquí, serán leyes imperativas con respecto al inmueble (escrituración, registro...).
- En el caso de Ley Nacional del Comprador será ley de protección del consumidor, ya que son normas irrenunciables.
SOBRE LOS IMPUESTOS Y DOCUMENTACIóN:
1. ¿Qué impuestos se pagan y qué gastos se generan al adquirir una vivienda en Marruecos?
El impuesto equivalente al IVA que hay en Marruecos se denomina TVA -Taxes sur le Valeur Ajoutée- (en español: Tasas sobre el Valor Añadido) y es del 14%.
Además existen otros gastos asociados: el 0,5% de tasa notarial, el 2,5% el impuesto registral y el 1% el derecho de registro de la propiedad. En total un 18% sobre el precio de la vivienda.
2. ¿Puedo deducirme el TVA (equivalente al IVA)?
El TVA es un impuesto deducible siempre y cuando se trate de una entidad dada de alta en el país y que ejerza el derecho de explotación sobre la propiedad adquirida (p.e. mediante un alquiler)
3. ¿Hay que pagar IBI? (Impuesto Sobre Bien Inmueble)
Si, aunque no llega al 1%. Un comprador extranjero que entra divisa en Marruecos está exento de este impuesto los cinco primeros años.
4. ¿Es necesario tener NIE (n° de identidad extranjera) si adquiero una vivienda en Marruecos?
No.